Expropiación y riesgo político de inversiones en América Latina

28 de Julio 2021 Noticias

Llevar a cabo proyectos de inversión en Latinoamérica muchas veces conlleva riesgos derivados del ambiente político y regulatorio, los que son más manejables si se entienden y se mitigan. Este fue el tema de la charla “Expropiación y riesgo político de inversiones en América Latina”, organizada por el Executive Master in Finance Blended (EMF) de la Escuela de Negocios UAI.

La presentación, que convocó a participantes de diversos países de la región, estuvo a cargo de Rodrigo Wagner, Ph.D. en Economía Política de la Universidad de Harvard, y contó con la intervención de Paz Zárate, abogada de la Universidad de Chile, con estudios de Master en Cambridge y doctorado en Oxford, quien tiene amplia experiencia profesional en litigios internacionales sobre inversión extranjera directa.

En el encuentro se discutieron ejemplos de riesgo político de inversiones, los factores que incrementan la sensibilidad e implicancias para las decisiones de inversión, con foco en casos de inversiones reales. Al respecto, el profesor Wagner subrayó que “es importante tomar en cuenta los riesgos, pero no sobre ponderarlos, porque se puede entrar en una parálisis donde no se realiza ningún proyecto y eso también es costosísimo. Por ello es importante saber qué cosas poner sobre la balanza; no siempre la decisión, cuando hay riesgo político, debe ser no hacer el proyecto o demorarlo”.

El académico comenzó delineando diferentes tipos de expropiación desde la mirada financiera; es decir, todo aquello que elimine -total o parcialmente- ciertos flujos de caja. La más conocida y que genera mayor temor, expuso, es la nacionalización sin compensación. Pero también están los casos de impuestos “expropiatorios”, el efecto acumulativo de la inflación sin posibilidad de ajustar tarifas (como el caso de las sanitarias en Argentina), la cancelación de permisos para operar por cambio fuerte de criterio -donde se excluyen las cancelaciones por no cumplimiento de regulaciones por parte de la propia empresa- y las demoras en los proyectos.

En este contexto, Wagner realizó una distinción entre “riesgo país” y “riesgo político”. El primero, dijo, “incluye el ambiente político, pero también incluye el ambiente macroeconómico y otros elementos… No es lo mismo que el riesgo político, el cual usualmente afecta los flujos de caja futuros, y que se gatilla por decisiones del gobierno; o, a veces -lo que es muy importante- por desgobierno”. 

“La mera expectativa de la expropiación futura ya puede generar una caída de inversión, y todos los que trabajamos ya sea en finanzas, en derecho o en política tenemos que tratar de generar un ambiente que sea creíble en el largo plazo para que la gente pueda invertir… Pequeñas probabilidades de expropiación pueden destruir valor”, advirtió en referencia al caso de la expropiación sin compensación.

El académico también destacó que el riesgo político incide en los plazos de los proyectos de inversión. En esta situación, “los inversionistas se ponen miopes y comienzan a realizar proyectos cortos que rentan y maduran rápido, en vez de hacer proyectos largos”.

A continuación, Wagner repasó una serie de elementos que pueden mitigar riesgos, entre los que se encuentran justamente proyectos que maduren antes, pero también factores como contar con una ventaja tecnológica sobre el gobierno, no generar anticuerpos en los votantes, no tener mercado nacional o alternativo, poder de negociación, seguros y tratados internacionales.

“En proyectos de mediano y largo plazo, como lo son en Chile la fruta, los proyectos forestales o el cobre, es importante mirar las tendencias políticas de largo plazo”, destacó.

Perspectiva legal

La abogada Paz Zárate abordó a grandes rasgos el tema de la expropiación desde el punto de vista legal. “Hay tanta jurisprudencia acerca de expropiación en derecho internacional, mucha casuística, que nos ha obligado a los abogados a entender economía y a trabajar con economistas para determinar cómo evaluamos la inversión antes de que haya un conflicto y por supuesto también después, cuando hay que compensar, para establecer qué vamos a compensar y cuál es una compensación justa”, sostuvo.

La experta explicó que el arbitraje de inversiones es un área del derecho poco conocida. A pesar de que ha experimentado un rápido crecimiento en las últimas tres décadas, en general la opinión pública solo sabe de estos casos cuando concluyen.

Respecto a la expropiación indirecta, la abogada señaló que en derecho internacional no es fácil definir el concepto, dado el carácter descentralizado de dicha área del derecho. “Hay tres mil tratados de inversión actualmente vigentes y éstos, a medida que el tiempo ha pasado, han evolucionado en su contenido… Como cada tratado tiene sus propias normas, las distintas instituciones que ven estos arbitrajes deben establecer, para cada caso particular, qué constituye expropiación”. 

“La naturaleza de la inversión extranjera directa es de riesgo de largo plazo, y en ese largo plazo la política pública puede variar muchísimo. Es importante que los inversionistas evalúen el riesgo jurídico de cambio de la regulación, incluso de manera bastante marcada, en un período largo de tiempo, sin tampoco sobre evaluar el riesgo”, indicó.

En este sentido, afirmó Paz Zárate, “los tratados bilaterales sobre inversión, o los capítulos sobre inversión en los tratados de libre comercio, constituyen una forma de mitigación, en tanto el inversionista se preocupe bien de saber cómo el tratado lo protege y en qué circunstancias. Desde el punto de vista de un inversionista, debe considerarse que “no es tan sencillo decidir demandar a un Estado por expropiación ante un tribunal internacional: el solo hecho de demandar es muy caro y los juicios duran muchos años. Dependiendo del nivel del Estado de Derecho del país anfitrión de la inversión, podría resultar más rápido y económico para el inversionista extranjero solucionar su controversia con el Estado receptor ante un tribunal nacional”.

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