El otorgamiento de prestaciones sociales

28 de Noviembre 2022 Columnas

En las últimas décadas hemos visto avances sustantivos en el otorgamiento de prestaciones sociales en Chile. Probablemente, el paso más importante ha sido la incorporación de la lógica de derechos garantizados, en la que el Estado asume explícitamente un compromiso con la ciudadanía en torno a la satisfacción de ciertos mínimos. Un ejemplo claro de esta visión es el Plan Auge, que garantiza la cobertura de un listado explícito de enfermedades. Otra innovación más reciente es la creación del Registro de Información Social (RIS), una base de datos que contiene la información administrativa que posee el Estado sobre las personas y sus familias.

A diferencia de lo que ocurría con las antiguas fichas CAS y de Protección Social, el RIS ha permitido identificar a los usuarios de las prestaciones públicas sin que la población más vulnerable deba demostrar su situación social al Estado. Si bien estos avances son sustantivos, ellos no aseguran que las personas y familias efectivamente obtengan las prestaciones respectivas.

Ello ha quedado recientemente en evidencia con la entrega de la Pensión Garantizada Universal (PGU). En efecto, se estima que existe un grupo muy grande de personas con derecho a la PGU, pero a quienes no se les ha podido entregar la prestación, aun cuando el Estado sabe que tienen derecho. Ello se debe a que no se han inscrito en el Registro Social de Hogares y/o no han solicitado el beneficio.

Ante esta situación, el Instituto de previsión Social (IPS), junto a algunos municipios, ha comenzado a realizar un trabajo territorial para que personas con derecho a la PGU realicen los trámites necesarios y reciban el pago. Aunque la PGU es la que ha prendido las alertas, este es un problema compartido por buena parte de los programas sociales y es algo que es ampliamente conocido. Esto es, aun cuando los programas sigan la lógica de derechos y el Estado sepa quiénes son elegibles, las personas no reciben las prestaciones correspondientes porque deben hacer trámites para aquello. Hacer los trámites y conseguir los beneficios requiere seguir varios pasos. Primero, se necesita conocer el programa y saber que se tiene el derecho. Segundo, se debe saber cómo postular y qué información se debe entregar.

Finalmente, se debe tener acceso a los canales de postulación; esto es, tener acceso a internet y capacidad para manejarse en la red, o el tiempo, la energía y la movilidad necesarios para acudir a una oficina estatal en el horario requerido. No es de extrañar que la literatura empírica sobre el acceso a programas sociales muestre que los beneficios tienden a ser obtenidos en menor proporción por las personas más vulnerables, aun cuando tengan derecho. Este es un problema importante, porque la obligación de realizar trámites al final excluye justamente a aquellos a quienes es más importante llegar. Cuando se diseñan los programas sociales, no se suele tomar en cuenta la relevancia de estas barreras menos visibles que dificultan obtener los beneficios.

El acceso a internet y su facilidad de uso, la lejanía a los centros de atención de público, la escasez de tiempo, las limitaciones a la movilidad —ya sea por problemas de salud o por la obligación de cuidar a otros—, e incluso el idioma, constituyen factores que terminan por excluir a personas elegibles. La lógica de derechos no aplica en la práctica en estos casos, peor todavía si el Estado sabe que esas personas tienen derecho. Estas consideraciones deben ser parte integral de las leyes que crean programas y de los reglamentos que los regulan. Incluso, habría que preguntarse si siempre es necesario el requisito de solicitar las prestaciones ante un Estado que conoce bastante a las personas y sus familias. Por último, el esfuerzo que están haciendo el IPS y algunos municipios debiese replicarse para todos los programas sociales si el objetivo es apoyar a quienes experimentan más intensamente la vulnerabilidad.

 

Publicado en El Mercurio

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