El cuidado de la deliberación constituyente

31 de Agosto 2021 Columnas

A casi dos meses de instalada, la Convención Constitucional marcha a buen tranco. Se han constituido comisiones y subcomisiones que han cumplido con las exigentes metas y plazos autoimpuestos. Para un trabajo que nace casi literalmente de una hoja en blanco, lo que está haciendo la Convención debe ser aplaudido. Sin embargo, al conocerse la propuesta de Reglamento de Ética y Convivencia, se encienden algunas alarmas respecto de las formas en que la Convención entenderá la deliberación constituyente.

En la propuesta que ahora pasa al Pleno, se incluyen principios generales que deben correctamente guiar el proceso; pero, al mismo tiempo, se incorporan normas que al sancionar ciertas conductas estimadas contrarias a la ética y la convivencia, amenazan con inhibir seriamente la deliberación constituyente.

En primer lugar, se sanciona a quienes por acción u omisión incurran en “negacionismo”, término que es definido de manera excesivamente amplia y vaga, y que abarca no solo la negación, sino también la minimización de los hechos que se estima incorrecto negar. Para una sociedad que conoce de cerca el terror de Estado de la dictadura militar y las atrocidades cometidas contra los pueblos originarios, es apropiado que en el preámbulo o en los principios del Reglamento se releve la importancia del cultivo de la memoria histórica y se reafirme el compromiso de no repetir hechos que han causado tanto dolor. Sin embargo, las infracciones y sanciones que contempla esta propuesta afectan de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y, con ello, pueden dañar seriamente la deliberación constituyente. Además, a diferencia de las violaciones cometidas durante la dictadura y en contra de los pueblos indígenas, respecto de los cuales existen verdades históricas, los hechos de violencia estatal acaecidos en el contexto del estallido social siguen bajo investigaciones judiciales. Por ello, sancionar su negación hoy será impracticable.

No habiendo además un riesgo de que se instale un discurso negacionista en la Convención, no hay justificación suficiente para incluirlo como una infracción reglamentaria. Frente a la posibilidad de que alguien niegue hechos históricos graves, la Convención se fortalecerá si esas opiniones son expuestas y develadas como lo que son, pues solo entonces tendremos una Constitución que dé cuenta de lo que realmente nos constituye como comunidad política. Silenciarlas de antemano por vía de infracciones no es la manera correcta de hacerles frente.

Llaman la atención algunas medidas disciplinarias propuestas, como la posibilidad de suspender el derecho a voz de las personas que hayan sido censuradas tres veces. No es claro que en un órgano llamado a deliberar, una medida así tenga justificación, pues en definitiva quienes se verían afectados con esta sanción son las y los electores de la persona sancionada.

Por último, la norma sobre participación de infractores en “programas de formación”, además de contraproducente –su aplicación va a desviar la atención noticiosa del trabajo central de la Convención– es especialmente problemática. La Convención necesita que todas las ideas tengan cabida en su seno, incluidas las malas y las consideradas incorrectas. Al contemplar programas de formación, el actuar de la Convención se asemejará riesgosamente a una suerte de censor respecto de cómo debe pensarse la vida en común.

La intención de guiar el actuar de las y los convencionales es correcta, pero debe evitarse que la tentación punitivista ponga en peligro el corazón del trabajo constituyente que es la deliberación. La manera como la entendamos imprimirá el tono para llegar a acuerdos entre quienes tienen visiones distintas y a ratos opuestas de la organización política de la sociedad. Eso es, ni más ni menos, de lo que se trata el ejercicio constituyente que ya está en marcha. Para cuidarlo, debemos optar por la discusión abierta, robusta e inclusiva.

Publicado en La Tercera junto a Jorge Contesse

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