Tensiones constitucionales

19 de Agosto 2022 Columnas

Ad portas de un plebiscito histórico, la sociedad chilena se dispone a fijar los ejes de lo que puede ser una conversación pacífica, constructiva y respetuosa, que siente las bases de la última milla al desarrollo. Como en toda encrucijada vital, la decisión ad portas conlleva también el riesgo de que esa última milla al desarrollo se convierta en el primer paso en falso que termine por abortar la esperanza de construir un Chile más libre, inclusivo, justo, libre, respetuoso de las diversidades y próspero para todas y todos.

La Propuesta Constitucional que se votará el 4 de septiembre, tiene a mi juicio tres tensiones esenciales en materia económica. Cada una de ellas trasciende al ámbito económico y ponen en riesgo que este marco institucional efectivamente sirva de punto de partida al Chile que viene.

Primero, la ausencia de reconocimiento explícito a la propiedad privada pone en entredicho tanto el ejercicio como el incentivo al emprendimiento y la innovación. La abstención de reconocer la existencia y legitimidad de la propiedad privada solo aumenta el riesgo de comprometer vida, recursos y tiempo en cualquier actividad empresarial, dificultando de esa forma el emprendimiento y la innovación. La exposición a perder el trabajo hecho es sin duda un desincentivo al desarrollo de nuevos negocios, además de implicar poner en entredicho la posibilidad de expresar la libertad individual en la dimensión económica de la vida. Dicho sea de paso, la “libertad individual” tampoco se menciona en esta propuesta constitucional. En su lugar, la única cualificación de la libertad se refiere a la libertad en términos solo colectivos.

Segundo, el mayor peso del poder legislativo y la iniciativa legislativa popular incrementan el riesgo asociado a la inversión. Lo anterior compromete el potencial de crecimiento de Chile y con ello la posibilidad de que el Estado Social de derecho sea una realidad y no una declaración. Las iniciativas populares para modificar leyes (excepto las que atañen a los impuestos) y la constitución, la dependencia factual del sistema judicial (artículo 253 letra inciso 3) y del Banco Central (artículo 253 letra numeral 3 y artículo 363 numeral 1 y 2) respecto de la Cámara de Diputados y Diputadas aumentan la incertidumbre respecto de la cual empresas de todos los tamaños y rubro tendrán que tomar decisiones de inversión.

Tercero, el alto grado de autonomía de las comunas y de las regiones, compromete la capacidad del poder ejecutivo para sostener la estabilidad y responsabilidad fiscal necesaria para que el Estado Social de Derecho sea una realidad y no una simple declaración.

Cada una de estas tensiones revelan nuevos márgenes de exposición al riesgo, lo que naturalmente, al hacer más riesgosa la actividad empresarial, presionará al alza el costo del financiamiento dificultando el emprendimiento, la innovación y la inversión. Todo lo anterior, afecta por sobre todo a los futuros “Cornershops” y “NotCo” porque mayor riesgo individual aumenta el costo de convertir los sueños propios en beneficios para todos.

Publicada en La Segunda

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