Por una Contraloría General 2.0

4 de Febrero 2022 Columnas

En el sitio web de la Contraloría General de la República (CGR), dicho organismo se autodefine “como un órgano superior de fiscalización de la Administración del Estado, que está contemplado en la Constitución Política y es autónomo respecto del Poder Ejecutivo y de los demás órganos públicos. Controla la legalidad de los actos administrativos y resguarda el correcto uso de los fondos públicos”. Agrega, y estresa, además, que la CGR “tiene el objetivo de cautelar el principio de legalidad” (las cursivas son mías). Funciona como tal desde 1927 (cuando fue creada a propuesta de la misión Kemmerer), y la constitución vigente, de 1980, le asigna las atribuciones recién enumeradas: mero control de la legalidad (capítulo IX).

La Contraloría de un país que pretende desarrollarse y reducir su desigualdad debe ir más allá de meramente tratar de cumplir con la legalidad: debe velar también porque se extraiga el máximo provecho de los recursos públicos. No basta con que los fondos públicos se gasten respetando el marco legal vigente. No basta con que una coalición o partido político gane una elección y disponga, a libre albedrío, del presupuesto de la nación o del municipio para ser gastado de “manera legal” o “correcta”. Ya hemos visto, según varios escándalos de corrupción en nuestro país, que lo legal no siempre es ético, que lo legal no garantiza que sea bueno, que lo legal no basta.

La CGR chilena debería, como en buena parte de los países desarrollados (cuyas prácticas muchas veces citamos de manera arbitraria según la conveniencia del momento), no solo velar por la legalidad, sino también velar porque todos los recursos públicos se gasten de manera eficiente, efectiva y ahorrativa. Además de las funciones actuales, la CGR debería realizar las denominadas auditorías de Value for Money, o auditorías de costo efectividad o efectividad-eficiencia. Es lo que hacen las contralorías del Reino Unido, Estados Unidos y las principales potencias de Europa continental.

Les pongo un ejemplo sencillo. Imagine usted que en su comuna el municipio decide reparar todas las veredas, estén ellas en buen o mal estado. Realiza una licitación para tales efectos que cumple con la normativa legal vigente. Se adjudica el proyecto y se ejecuta en los plazos establecidos. Suponga demás que la CGR audita dicho gasto, y al cumplir con el ordenamiento jurídico vigente, la auditoría termina sin reparos, probablemente con felicitaciones al municipio. Suponga ahora que en la misma comuna no hay plazas ni parques, y que para los vecinos la prioridad número 1 es tener áreas verdes, y la última prioridad era reparar veredas. ¿Qué rol pudo haber jugado la CGR actual en este caso? Con la normativa vigente, ninguno.

Dicho lo anterior, con una CGR 2.0, como la que esperamos exista algún día en nuestro país, empoderada para realizar auditorias de eficiencia, eficacia y ahorratividad, el municipio habría sido sancionado por mal uso de recursos públicos. En una auditoría de una CGR 2.0 el municipio habría tenido que demostrar primero que efectivamente todas las veredas necesitaban ser reparadas. Segundo, y probablemente más importante, tendría que demostrar también que la reparación de veredas era la mejor inversión posible de recursos municipales para aumentar el bienestar de la población de la comuna.

La Convención Constitucional en encuentra actualmente trabajando en una “Iniciativa Convencional Constituyente que regula la Contraloría General de la República”. De acuerdo a los antecedentes que han transcurrido a la opinión pública, lamentablemente no está en sus planes potenciar a la CGR con estas nuevas atribuciones, muy por el contrario. Los constituyentes más bien en han enfocado en: tratar de mantener (y de hecho reforzar) su autonomía (que me parece bien); pasar de una dirección uninominal (con un contralor todo poderoso) a una dirección colegiada (que me parece también acertado); y poco más. Lamentablemente esto es más de lo mismo, y seguiremos con una CGR buscando si el documento tiene o no la estampilla requerida, en lugar de escudriñar si el gasto público realizado intentó maximizar el bienestar de la población chilena. Peor aun, en la Iniciativa Convencional Constituyente N°201-6, patrocinada por, entre otros, Fuad Chahín y Felipe Harboe, se menciona explícitamente que la CGR que ellos proponen “no podrá realizar evaluaciones de mérito o conveniencia o de eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos”. Los argumentos que se dan son pobres: se trata de resguardar el “carácter técnico” de la CGR, como si los técnicos fuesen incapaces de maximizar el uso de los recursos públicos. De hecho, lo que necesitamos es una CGR multidisciplinaria, con equipos conformados no solo por auditores-contadores y abogados, sino por profesionales de la mayor cantidad de disciplinas posibles. Ojalá aún estemos a tiempo, sería una pésima noticia para el país si así no fuese.

Publicada en La Segunda.

Redes Sociales

Instagram