Control preventivo, acción policial y “el que nada hace, nada teme”

21 de Marzo 2019 Columnas

El anuncio del proyecto de control de identidad preventivo del gobierno ha generado un debate intenso y confuso. En esta columna me interesa clarificar un aspecto problemático del proyecto y proponer un modo de acción.

La propuesta anunciada por el gobierno no es una de “control policial de identidad” (un eufemismo), sino de reconocimiento de facultades de detención y registro coactivo del cuerpo y vestimenta de transeúntes. En Chile, la regulación a este respecto es, al menos, opaca, por lo que regular de otro modo podría ser una oportunidad. Pero el anuncio de que se trataría de una facultad discrecional sin estándar de control traiciona esa posibilidad. Una mirada al caso internacionalmente más famoso permite ver por qué.

En Nueva York, la policía implementó desde fines de los 90s un programa de uso masivo de las facultades de detención y registro. Entre 2002 y 2012, su uso se multiplicó por algo así como siete. Comunidades completas (principalmente afroamericanas) fueron intervenidas. Sus residentes eran revisados varias veces al día, sin encontrar generalmente nada. El programa no solo significó un costo para ellas. También para la policía: un programa masivo de revisión necesita de muchos policías constantemente dedicados a ello. Es decir, la policía utilizó buena parte de su tiempo en registros inútiles. La denuncia política y judicial de la situación generó el término del programa en 2013, con un (obvio) aumento marginal en el uso de estas facultades.

Durante todo este tiempo, la policía de Nueva York estuvo sujeta a control de gestión y a estándares judiciales más estrictos que en Chile. Aquí, la información policial es muy limitada, lo que limita la capacidad de guiar y medir sus políticas de acción. Dada esa realidad, es obvio que entregar un cheque en blanco es una muy mala idea.

¿Cómo reaccionar entonces políticamente? Sugiero tomar el proyecto como oportunidad en dos ámbitos: reforma policial y facultades de acceso a información privada.

En lo primero: tratándose de facultades individuales de una agencia masiva, regular sin mirar a su implementación sistemática es un error. Por ello, siquiera considerar políticas de esta clase requiere de condiciones que hagan posible evaluar y dirigir. En concreto, ello requiere tanto de fijación de condiciones de uso de la facultad que sean sensibles a evitar no solo abuso individual sino también concentración en ciertos grupos, pero también evaluación agregada de concentración y eficacia. Y ello implica necesariamente reformas orgánicas y de acceso a la información en Carabineros.

La segunda sugerencia apunta a ver la discusión como una ley general de “El que nada hace, nada teme”. Derechos de privacidad no están concentrados exclusivamente en los transeúntes. También en secretos bancarios, tributarios y corporativos. Allí, proveer de acceso coactiva libre a la información por parte de la policía, el Ministerio Público y las agencias especializadas seguramente aumentaría eficacia regulatoria. ¿Qué podría salir mal después de todo si “el que nada hace, nada teme”?

Muchos lectores seguramente tienen una respuesta: posible abuso político, la policía o un “fiscal estrella” pueden generar casos injustos y afectar a la empresa, etc. Justamente a causa de esos posibles efectos la ley establece criterios de uso de las facultades. Pero no es muy difícil ver que el mismo argumento se aplica a las comunidades que no forman parte del sector dominante chileno: son perfectos blancos de intervenciones innecesarias de policías o fiscales. No hay diferencia moral entre las dos situaciones.

Tener una discusión general de “el que nada hace, nada teme” tiene la ventaja de permitir algo que es difícil: permite ponerse en el lugar de todos los afectados y hacer más probable un equilibro razonable de ampliación regulatoria.

Publicada en La Tercera.

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