Libro publicado por profesora Veronika Wegner aborda capitulaciones matrimoniales en Chile

17 de Febrero 2021 Noticias

Cuestiones como la pertinencia y relevancia práctica de la suscripción de acuerdos en casos de crisis matrimonial, así como contenidos relacionados con temas de índole patrimonial o personal entre cónyuges, y eventuales pactos que involucren a los hijos en común, son parte de los aspectos que aborda la investigación desarrollada en su tesis doctoral por la profesora Veronika Wegner, la que fue publicada en el libro digital “Los pactos prenupciales en previsión de la crisis matrimonial” (Thomson Reuters).

Se trata de la primera monografía sobre la materia publicada en Chile y para su desarrollo se utilizaron fuentes jurídicas nacionales y comparadas, y otras como datos estadísticos de casos y referencias a la sicología. El trabajo desarrollado por la profesora Wegner considera en detalle los pactos posibles en las capitulaciones prenupciales y sus efectos y, además, propone cómo estos acuerdos se pueden proyectar a diversos ámbitos de la relaciones familiares.

Su investigación se estableció a partir de la constatación de una realidad social que es innegable –el fracaso matrimonial- y la insuficiencia de los medios actualmente previstos por el legislador para el arribo de soluciones colaborativas en contextos de crisis matrimonial. Se trata de un estudio novedoso dado que su enfoque se centra en demostrar cómo un instrumento, que actualmente se encuentra disponible en nuestro ordenamiento jurídico, permite dar una solución caso a caso a una eventual crisis familiar.

Al respecto, la profesora de Derecho UAI explica en detalle el impacto de su investigación en la resolución de conflictos legales relacionados con las crisis matrimoniales, el beneficio que ello implica para las partes afectadas y la contribución de los acuerdos prenupciales al sistema judicial y al derecho de familia en general.

¿Cuál es el aporte de la publicación a la investigación en derecho sobre la materia?

Se trata de una re-lectura de una institución que tiene lugar generalmente en el momento de contraer matrimonio –como las capitulaciones matrimoniales- y con un fin acotado: la elección del régimen de bienes. En este trabajo se propone dotar de un especial contenido a las capitulaciones que se celebran antes del matrimonio –aquellas que pueden referirse a cuestiones más allá de la simple elección del régimen patrimonial- vinculándolas a un supuesto indeseable: la crisis matrimonial, pero altamente probable dadas las cifras sobre divorcios en nuestro ordenamiento.

Por ello, revisamos en este trabajo cuestiones como la pertinencia y relevancia de la suscripción de esta clase de acuerdos y su contenido, deteniéndonos en los distintos supuestos posibles para analizar si serían o no válidas aquellas cláusulas en nuestro sistema. Por ejemplo, ¿podría señalarse en un acuerdo prenupcial que luego de la separación o divorcio de las partes, alguna de ellas deba pagar alguna suma por concepto de alimentos o compensación económica? ¿Podría establecerse una especie de “multa” en caso de infracción de alguno de los deberes conyugales, por ejemplo en caso de infidelidad?

¿Cómo contribuye esta investigación al problema de la congestión en tribunales y otros aspectos a resguardar en el derecho de familia?

En todo conflicto –laboral, de familia y contractual- existen diversos tipos de costos. En todo procedimiento hay costos asociados a la elección de un abogado que nos represente y costos propios del proceso (el pago de publicaciones, receptor, mediaciones, entre otros), pero uno de los que poco se habla en general es el costo emocional que supone para las partes exponerse a un juicio. En particular, esta situación es aún más “onerosa” en cuestiones vinculadas al derecho de familia, donde debe exponerse y ventilarse lo más íntimo de las personas, lo que ocurre a puertas cerradas. Esto, además, de los costos estatales que implica la asignación de recursos destinados a este tipo de juicios.

Pensamos que una manera eficiente de evitar o disminuir todos estos costos es precisamente la suscripción de esta clase de acuerdos. De esta forma, por un lado, las partes ya tienen certeza de cuáles serán las consecuencias y eventuales efectos de una separación o divorcio, y también les permite planificar y distribuir las distintas tareas dentro del hogar en circunstancias de normalidad. Por otro lado, se posibilita la efectiva descongestión de los tribunales, pudiendo dedicar éstos más tiempo y recursos a otro tipo de causas sobre materias que son sumamente sensibles, como la responsabilidad penal adolescente, las adopciones y las causas sobre violencia intrafamiliar o medidas de protección.

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