Línea de flotación

5 de Agosto 2019 Columnas

El Presidente Sebastián Piñera ha cuestionado duramente esta semana al Poder Judicial, afirmando que hay jueces que no están aplicando la ley, que están fallando de “forma equivocada”, que otorgan un manto de impunidad a los delincuentes y no protegen a las víctimas. En rigor, una acusación de la máxima gravedad, que proviene de la más alta investidura del Ejecutivo, relativa a la forma en que otro poder del Estado realiza su labor.

Entre otras cosas, el gobierno argumentó que el Mandatario tiene derecho como ciudadano a ejercer la crítica a los jueces; una crítica que, en este caso, no fue acompañada de los antecedentes respecto a los casos específicos en los cuales los jueces no habrían aplicado la ley y fallado “de forma equivocada”, dando un manto de impunidad a los delincuentes y desprotegiendo a las víctimas. Es decir, el Presidente de la República no solo se arrogó el derecho a establecer cuando los jueces aplican bien o mal la ley, sino que efectuó un cuestionamiento público sin acompañar los antecedentes que avalan dicha acusación.

La lógica detrás de esta crítica tiene sin duda implicaciones respecto al principio de separación de poderes, que es la base de un estado de derecho democrático. En efecto, ella supone que la máxima autoridad del Poder Judicial tendría (en su condición de ciudadano) el mismo derecho y deber de cuestionar públicamente la labor del Ejecutivo y el Legislativo, cuando considere que alguno o ambos no están realizando adecuadamente su labor. Así, por ejemplo, la Corte Suprema debiera calificar a viva voz si las políticas públicas que impulsa el gobierno son buenas o malas, si su gestión general y sectorial le parece o no eficaz, y si las decisiones administrativas son correctas o equivocadas. Asimismo, el máximo tribunal tendría también el derecho y el deber de calificar la manera en que legislan los parlamentarios, si las leyes que aprueban son adecuadas o no para los fines que se proponen, de buena o de mala calidad desde el punto de vista jurídico, etc.

Es fácil imaginar el cuadro institucional que una situación de esta naturaleza provocaría, el grado de crispación al que podría llegarse entre los poderes públicos. En resumen, este no es el camino.

Si el Presidente y el gobierno efectivamente tienen antecedentes de jueces que no están haciendo bien su labor, deben entregarlos a la Corte Suprema para que tome las medidas correctivas que correspondan. Si son las leyes penales y procesales las que le generan cuestionamientos, se debe enviar al Congreso los proyectos que estime pertinentes para modificarlas y buscar construir las mayorías parlamentarias para aprobarlos. Por último, si el actual sistema les parece excesivamente “garantista”, tendrán que intentar atenuar o corregir dicha situación en sede legislativa, pero no puede cuestionar a los jueces por aplicar las leyes vigentes.

El gobierno tiene entre sus principales obligaciones cuidar el Estado de derecho y la independencia de los poderes públicos. La forma y el fondo de la crítica que el Presidente ha realizado a la labor de los jueces van exactamente en la dirección contraria.

Publicado en La Tercera.

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