Isapres, Propiedad Privada y Economía de Mercado

28 de Mayo 2024 Columnas

La propiedad privada y su protección constituyen pilares fundamentales de los mercados modernos y del sistema capitalista contemporáneo. El respeto de los contratos y la igualdad de los agentes ante la ley son valores esenciales de las economías liberales. En materia financiera, el tratamiento de las deudas como propiedad de los acreedores ha sido un principio clave que ha regulado históricamente las relaciones entre las partes, promoviendo el desarrollo de la economía de mercado.

La Ley Corta de Isapres, recientemente aprobada en el Congreso, plantea tres interrogantes al respecto. Un aspecto central de la ley se refiere a los 1.238,7 millones de dólares que las Isapres adeudan a sus 1.406.653 afiliados, y cómo las compañías reembolsarán dichas obligaciones financieras. El tratamiento de estas deudas y los mecanismos de devolución contemplados entran en conflicto con las prácticas habituales de la relación deudor-acreedor y los principios antes mencionados.

Un primer punto a considerar consiste en la aplicación de un descuento para aquellos que prefieran recibir una devolución en efectivo. Esta proposición es semejante a la de un cliente que ofrece a su banco saldar su deuda hipotecaria o de tarjeta de crédito en efectivo, pero con un descuento. Se plantea, en otras palabras, devolver menos de lo que recibió prestado. Esto no sólo se contrapone con cualquier lógica financiera, sino que compromete la propiedad de los acreedores por la parte de la deuda no honrada.

En segundo lugar, el plan en cuotas también presenta desafíos. Una notable ausencia en la propuesta de pago a plazo es la falta de actualización de la deuda durante el período de devolución. Prorratear el monto actual de la deuda en 2, 5 o 13 años sin más equivale, esencialmente, a dar un crédito con una tasa de interés del 0% en dicho período. Sería como devolver una hipoteca o la compra de tarjeta de crédito a plazo sin pagar intereses.

Un último aspecto se refiere al valor actual de la deuda. Los 1.238,7 millones de dólares no parecen tomar en cuenta las vicisitudes del poder adquisitivo de la moneda en los últimos años que han implicado una pérdida de valor real de las acreencias. Una manera de corregir esta situación consistiría en ajustar los montos de cada período por las tasas de interés correspondientes. Lo contrario supondría también financiamiento gratuito.

Es importante destacar que todos estos problemas se ven agravados por el hecho de que estas deudas no surgieron de un acuerdo libre y voluntario por parte de los afiliados, sino de procedimientos de las compañías en el que se vieron forzosamente involucrados.

En todos los casos, la propiedad privada de los afiliados, es decir sus acreencias, se ve afectada y tratada en desacuerdo con los principios convencionales que rigen la relación entre acreedor y deudor, así como el funcionamiento de las economías de mercado.

Publicada en La Tercera.

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