En el silencio de la noche…

19 de Agosto 2021 Columnas

Hace unos años atrás, un amigo me comentaba acerca de su vida en el campo. Me decía que los mayores robos de ovejas se perpetraban en el silencio de la noche. Era poco lo que podía hacer para evitarlo e impedir que, en el acto del robo, no muriera alguna, puesto que debido a su aislamiento debía elegir: o cuidaba el ganado o a los suyos; una disyuntiva no menor que lo obligaba a centrar sus esfuerzos en cuidar a su familia. Hoy cuando el mundo está preocupado del devenir del Covid-19 y las consecuencias de sus nuevas y contagiosas cepas, en Afganistán los talibanes han invadido Kabul, haciendo ingreso durante “el silencio de la noche” y, con ello, han recuperado su hegemonía sobre el territorio, la cual habían perdido hace, casi una década, a partir de la intervención de EE.UU.

Pero para Afganistán hace tiempo no clarea; sumido en invasiones de tipo coercitivas o “liberadoras”, el país ha sufrido, sistemáticamente, un aislamiento que no ha hecho más que empeorar las condiciones de vida de sus habitantes, sometiendo a su población más indefensa -niños y mujeres- a un gobierno que, de forma antojadiza, ha impuesto una lectura, no solamente literal del Corán, sino que, además, en muchos sentidos, antojadiza, donde encubren una serie de prácticas con una supuesta aplicación de la “Sharia”. Pero, para comprender bien lo anterior, sería interesante despejar algunas cuestiones, que muchas veces llevan a error y confusión: 1.- el Corán, además de contener el dogma, establece una serie de normas que regulan la conducta de los fieles. Fue así que los primeros musulmanes lo consideraron su principal y primera fuente de derecho. De hecho, muchas de estas prácticas mejoraron, en el contexto de la arabía pre-islámica (antes del año 610 d.C), la condición de la mujer -nos puede gustar o no, pero es la historia-, condenando usos anteriores como: la costumbre de enterrar vivas a las recién nacidas; también promovió el paso de las mujeres desde objeto a sujeto de la herencia y reguló la poligamia, entre otras cuestiones. La gran mayoría de estas normas se refieren a situaciones relacionadas con la vida privada como: la alimentación, el matrimonio, la muerte etc. Sin embargo, una serie de prácticas que perduran en la actualidad, ni siquiera son mencionadas en él, por ejemplo: la circuncisión masculina o la ablación femenina, esta última, un delito.

2.- Con todo, el Corán dejó de ser suficiente para regular todas las situaciones que se iban generando en una comunidad que crecía y en la cual se planteaban nuevos problemas. Es así que se comenzaron a usar otros modelos de comportamiento, donde se siguió, de manera natural, aquel referido a la vida del Profeta. Este conjunto de prácticas y normas constituyen la Sunna o tradición del Profeta. Ahora, cuando esto no bastó, fue necesario recurrir a una tercera fuente de jurisprudencia: la analogía y la opinión personal. En ambas, evidentemente, pesaría la posición del jurista en el dictamen final. En todos los casos era, y es, necesario el consentimiento de los fieles. Este esfuerzo jurídico termino hacia el siglo X, de ahí en más, todos los expertos han debido limitarse a seguir el camino de sus antecesores. 3.- Ahora bien, todo esto fue sistematizado, pero no unificado ni puesto de forma coherente, sobre todo porque la costumbre de cada territorio es muy diferente. Sin embargo, si se analiza, las diferentes fuentes del derecho islámico se configuran a partir de distintas bases; me explico: el Corán es obra de Allah, pero la tradición, la reflexión y el consenso son producto de los hombres del islam. Pero, además, la misma interpretación, como dijimos, varía, incluso, de un lugar a otro con normas que pueden parecer contradictorias. No obstante, lo anterior, los talibanes insisten en presentar a la Sharia como un cuerpo inmutable, rígido y acabado.

4.- Uno de los problemas más serios es cuando se quiere hacer prevalecer las costumbres vigentes en la época del profeta por encima de la normativa presente en el Corán, como el caso de la muerte por lapidación para los adúlteros (véase 24, 2-9), o el uso obligatorio del velo; ambas cuestiones que no aparecen en el texto sagrado de los musulmanes.

Así, en el “silencio de la noche”, los “cuatreros de la fe”, someten al más débil, obligando a las mujeres a ocupar el burqa, cuestión que no es solamente una formalidad. En el fondo, es coaccionar su libertad mediante una obligación inventada, de la cual el Corán no da cuenta, ya que en este sólo se señala que las musulmanas y musulmanes deben vestir decentemente ( 24, 31-31; 24, 57-58; 24, 59-60); luego, la utilización de pañuelo o hijab, es parte de la costumbre y la elección personal, no una obligación. Sin embargo, con el paso de los días comenzaremos a oír noticias que nos hablarán de cuestiones como: hombres obligados a cortarse el pelo de la frente, para que al prosternarse, no haya nada que interrumpa el contacto con el suelo; y también mujeres increpadas violentamente, en el Parlamento; motoristas que abrirán fuego contra niñas a la salida de sus colegios, todo con el fin de que las mujeres no participen de la vida pública; lo anterior, solo para empezar, porque ya conocemos de que va el libreto.

Publicada en La Tercera.

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