Proyecto de Ley de Donaciones, ¿cómo avanza en Chile?
Impulsado por el Gobierno, se crea un nuevo régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro.
26 de octubre de 2021
En el Senado se está discutiendo el Proyecto de Ley impulsado por el gobierno que modifica el decreto ley N°3.063, de 1979, sobre rentas municipales y crea un régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro.
La iniciativa se encuentra en segundo trámite legislativo, luego que fuera aprobada y despachada por la Cámara de Diputados, donde se incorporaron una serie de indicaciones. Tras ser aprobada la idea de legislar en el Senado, se encuentra abierto el período de indicaciones hasta el 4 de noviembre.
El proyecto amplía los fines a los cuales se pueden acoger las donaciones, permite el registro de las organizaciones sin tener que presentar proyectos, amplía los topes a los montos donados eliminando el impuesto de multa, y fortalece la transparencia y fiscalización para el buen uso del sistema.
Además aumenta el espectro de donantes, el principio de buena fe, el procedimiento enfocado en las entidades donatarias que son de beneficio público, que tiene una amplia lista de fines y la creación de una entidad técnica a cargo del registro de organizaciones y un portal web de acceso público, como espacio para materializar la transparencia del sistema.
Incorporación de nuevas materias al sistema de donaciones
"Antes se regulaba solo para cultura o para donaciones sociales, en este nuevo proyecto se suma medio ambiente con una definición amplia que incluye cambio climático, economía circular. También salud, derechos humanos, protección infantil y familiar, pueblos indígenas, migrantes, diversidad, discriminación racial, equidad de género, desarrollo comunitario y local y desarrollo urbano", explica Magdalena Aninat, directora del Centro de Filantropía e Inversiones Sociales, CEFIS, de la Escuela de Gobierno UAI.
Respecto de quiénes pueden donar, es amplio el espectro, ya que se consideran primera categoría, empresas, empresas que tienen pérdidas tributarias, sociedades de inversión, las personas, global complementario, segunda categoría, el impuesto adicional y también los extranjeros. Incluso se regulan las donaciones internacionales, siguiendo la regulación que ya usaba el SII, para que no se tenga que pagar un impuesto a la donación.